
Son bastantes las personas que con la llegada de estas fechas se hacen la siguiente pregunta: ¿se puede quemar en el campo? ¿se pueden hacer barbacoas?. Pues sí, la respuesta es que, según la normativa vigente, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre, está totalmente prohibido hacer fuego en el campo. Por lo tanto, desde el día 1 de octubre y hasta el 31 de mayo, SE PUEDE HACER FUEGO, QUEMAR RASTROJOS, MATORRALES Y DESPOJOS AGRÍCOLAS. Eso sí, para realizar cualquiera de estas actividades es necesario cumplir unos requisitos imprescindibles para evitar posibles e innecesarias sanciones. Hay que llamar a al siguiente número de teléfono 925 24 86 12, con 24 horas de antelación, en horario de 9 a 14 horas, indicando:
-Nombre responsable de la persona de la quema
-Teléfono de contacto
-Municipio - Polígono - Parcela/s.
-Fecha y hora aproximada de quema.
Además, deberán tomarse las medidas oportunas como:
-Quemar en días sin viento.
-Quemar montones pequeños y de uno en uno.
-Situar los montones lo más alejados del monte.
-Terminar y dejar apagado todo antes de las 17:00 horas.
-Contador con agua suficiente y herramientas para apagar un posible incendio.
-Avisar inmediatamente mente al 112 en caso de no poder controlar el fuego.
De producirse un incendio o si se observa una situación negligente de terceras personas, comunicarlo al Centro de Emergencias 112.
Espero que esta información pueda ser de utilidad.
Espero que esta información pueda ser de utilidad.
Perdone pero lleva ya desde el 2 de octubre sin noticias. Actualice el blog que los que estamos fuera no nos enteramos. Un saludo
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